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Causas de la violencia de género

El concepto de género es una construcción cultural diferente al concepto de sexo (características biológicas de mujeres y hombres). Cuando hablamos de “género” no pensamos en las características anatómicas de hombres y mujeres (el sexo de las personas), sino en aquellas características que son construidas a través de las relaciones sociales y las imposiciones culturales.

Esta categoría surgió por las acciones del movimiento feminista de los años 70’s, con el ánimo de explicar las relaciones desiguales entre y hombres, y se empezaron a cuestionar las relaciones de poder entre los sexos, así como la concepción de lo masculino y lo femenino.

Actualmente, el concepto género es transversal en los mecanismos nacionales e internacionales sobre derechos humanos, indicando el alto valor que se le ha dado en la comunidad internacional para identificar y solucionar situaciones de violencia relacionados a él.

El primero de los instrumentos internacionales que delimitó la definición de la violencia contra la mujer fue la Convención Internacional para la Eliminación de Toda forma de Discriminación Hacia las Mujeres (CEDAW), que, además, estableció la obligación estatal de garantizar la igualdad formal y substancial y prohibió la discriminación explícita y en todas las esferas de las relaciones humanas. Con posterioridad, se presentó la Declaración sobre la Limitación de la Violencia Contra la Mujer (ONU,1992) y en 1994 se creó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belem do Pará. La violencia de género subsiste pese a las medidas legales creadas para combatirla, desde sistema internacional y al interior de los Estados.

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Violencia de género

La Convención Belém do Pará define como violencia contra la mujer como “Toda acción basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer o amenaza de cometer tales actos o cualquier otra forma de violación a su libertad, sea en el ámbito público o privado, dentro de la familia (…) o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona, o perpetrada/ tolerada por el Estado”

La violencia de género se entiende como una agresión y violación de los derechos humanos, representando un impedimento para el logro de la igualdad y el desarrollo en el mundo. Constituye un atentado contra la integridad, la dignidad y la libertad de las mujeres y de las personas de diferente identidad de género.

Este tipo de violencia es la manifestación extrema de discriminación y desigualdad en razón del género, y su la vez, un instrumento para mantener las situaciones de subordinación. Resulta ser una acción negativa de abuso fundamentada en las relaciones asimétricas y desiguales entre hombres y mujeres.

En su mayoría, el término “violencia de género” se utiliza para hacer referencia a la violencia contra las mujeres, sin embargo, este es un concepto más amplio. Según la antropóloga Leonor Walker, este tipo de violencia no se refiere exclusivamente a las mujeres, también puede ser experimentada por hombres y personas de diferente identidad de género. Es así como la CIDH afirma que la violencia de género es ejercida contra las personas que se perciben como trasgresoras de las normas tradicionales de género, del binomio hombre/mujer, y cuyos cuerpos difieren de los cuerpos “femeninos” y “masculinos” estándar (CIDH)

Caracterización:

  1. Formas de violencia de género.  La violencia de género es multifacética, pues sus consecuencias impactan en varias áreas de la vida y salud de sus víctimas
  • Psicológica
  • Sexual (abuso y acoso)
  • Física
  • Patrimonial y económica
  1. Condición de la víctima, la cual tiene en cuenta el sexo, orientación e identidad de género, y el ciclo vital, tanto en el ámbito privado y público.
  • Violencia contra niños, niñas y adolescentes
  • Violencia contra la mujer
  • Violencia contra el hombre
  • Violencia contra la Población LGTBI
  1. Ámbito de ocurrencia:
  • Privada
  • intrafamiliar
  • De pareja
  • Público
  • Escolar
  • Laboral
  • Por el conflicto armado
  • En las redes sociales
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Causas de la violencia de género

Existen diversos tipos de causas que originan la violencia de género.

  1. Violencia estructural: Dominación sumisión

La situación de dominación-sumisión es aquella en la que alguien más poderoso y fuerte intenta someter a alguien contra su voluntad.  En este caso, la violencia de género ocurre y se perpetúa en esta sociedad que mantiene la idea de superioridad de los hombres sobre las mujeres y asigna diferentes atributos, roles y espacios en función del sexo.

En el caso del hombre, se identifican facultades basadas en la fuerza, la virilidad, el poder y la ambición. En el caso de las mujeres, se identifican como las protectoras, quienes deben asumir las responsabilidades del cuidado de los hijos, es decir, su desarrollo estaría limitado al ámbito privado o doméstico.

  1. La desvalorización de lo femenino

La conducta violenta hacia las mujeres consiste en actos de coerción que son el resultado de patrones de conducta aprendidos y transmitidos de generación a generación, sobre la consideración que el sexo femenino es inferior.

La desvalorización del carácter femenino se evidencia en:

  • No valorar el trabajo de las mujeres. Por ejemplo, mantener un estándar de salario desigual o limitar a la mujer a la categoría de la economía del cuidado.
  • Mantener a las niñas fuera del sistema de educación.
  • Determinar el futuro de una niña y dirigirlo al matrimonio y la maternidad. Así mismo, propiciar matrimonios prematuros, maternidades en condiciones difíciles y hasta embarazos no deseados.
  • Legitimar formas de discriminación, coerción y violencia contra las mujeres en el espacio público y privado.
  • Negar la violencia sexual en contexto de conflicto armado como arma de guerra.
  1. Estereotipos

Los estereotipos afectan tanto a hombres como a mujeres. Un estereotipo es una visión generalizada o una preconcepción sobre los atributos o características de los miembros de un grupo en particular o sobre los roles que tales miembros deben cumplir (v.g. mujeres, lesbianas, adolescentes) (Cook-Cusak,2010,Pg.2)

De este modo, se asignan “códigos de identidad a las personas” en razón de sus diferentes funciones físicas, biológicas, sexuales y sociales, determinando la forma de comportarse y desenvolverse en la sociedad, mientras establece sanciones sociales para quienes no las cumplen. Estas sanciones se expresan en actos de discriminación y violencia y niegan la dignidad y el derecho universal a la no-discriminación.

Esta idea es un factor discriminatorio que genera violencia, ya que ignora las necesidades, habilidades, deseos y circunstancias particulares, cercenando la capacidad de las personas para tomar decisiones sobre su futuro y sus propios proyectos de vida.

  1. Prejuicios

En varias sociedades, la violencia dada por la diversidad género-sexo está basada en simples prejuicios, sin justificación. Dicha diversidad es percibida como una transgresión a las normas tradicionales de género o de sexo, sobre todo cuando se ve alterado el binomio hombre/mujer o cuando los cuerpos difieren de los cuerpos femeninos” y “masculinos” estándar (Lamas, 2000). En consecuencia, se presentan reacciones negativas y violencias frente a una persona con orientaciones sexuales o identidades de género no normativas, como sucede con la población LGBTI.

Adicionalmente, la violencia contra las personas LGBTI, en un contexto y complicidad social, se ve reforzada por la difusión de “discursos de odio” y tiene un impacto simbólico.

  1. Ineficacia en el tratamiento legal que se da a la violencia de género

El Poder Judicial y las instituciones como la policía, son instancias a las cuales acuden las víctimas de violencia pues son encargadas de brindar protección contra la violencia y dotada de los medios para sancionar al agresor. De hecho, Específicamente para en el ART.7 de la Convención Belém do Pará, existe la obligación de la debida diligencia en las investigaciones, garantía de acceso a mecanismos judiciales sencillos y eficaces, sanción de la violencia perpetrada y creación de medidas de reparación a sus víctimas, etc.

Es decir, la legislación establece que la respuesta judicial debe ser breve, ágil y oportuna, suponiendo que debe existir un apoyo jurídico desde el momento de la denuncia y durante todo el proceso, así como la protección mediante las medidas cautelares. No obstante, son numerosas las barreras a las que se enfrentar las mujeres que sufren violencia de género para acceder a la justicia y a una vida libre de violencia. De hecho, existe un patrón de impunidad por los actos de violencia contra las mujeres, encontrándose en situaciones de falta de protección de sus vidas y al resarcimiento de sus derechos vulnerados.

Esto sucede, entre otras cosas, por estereotipos de género de los funcionarios/as judiciales/a, lo cual influye   en el trato con la víctima y la interpretación de las normas jurídicas.

Situaciones en que no se les cree a las víctimas y se minimizan sus temores. También, ausencia de información y asesoría, así como falta de recursos de asistencia e insensibilidad.

Como resultado, mujeres y población con identidad sexual diversa no utilizan el sistema de justicia, evitando una revictimización.  Si no hay penalización significativa, y si las autoridades no se comprometen a aplicar justicia al respecto, se propaga más la violencia de género.

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Acabar con la violencia de género

La violencia de género es un fenómeno de carácter estructural, social, político y relacional, y constituye una violación a los derechos humanos. Si bien afecta principalmente a las mujeres, también incluye a personas con identidades de género diversas.

Ahora bien, teniendo en cuenta que el derecho a la igualdad y el derecho a la no discriminación están reconocidos en los instrumentos normativos generales y específicos sobre derechos humanos, ¿qué se necesita para acabar con la violencia de género?

  • El Estado debe cumplir sus obligaciones como garante de los Derechos Humanos
  • Debe haber formación y educación para que la comunidad y la sociedad en general sean protectoras de los DD.HH y de los derechos de las mujeres.
  • Es necesario un cambio de las ideas fundadas en el patriarcado, que permita crear al interior de la familia un reconocimiento y respecto a los derechos de todos sus miembros.
  • Se debe  garantizar que los operadores del derecho tengan las competencias de género necesariaspara atender los casos de acuerdo a los DD.HH.

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